23 sept 2013

Según el Constitucional, la militancia política no afecta a la imparcialidad

La subjetividad del Alto Tribunal, según a que partido político convenga o no sus decisiones, produce vergüenza ajena

Sede del Tribunal Constitucional

El auto del TC contra la recusación de Pérez de los Cobos es la antítesis de su actuación en 2007, cuando apartó a Pérez Tremps de la discusión sobre el Estatut por un trabajo que realizó sobre las autonomías y consideró que había "una duda razonable" sobre su imparcialidad.

Hoy defiende sin embargo, que la afiliación a los partidos "es un derecho del que no están privados los magistrados constitucionales" y, además, "la neutralidad es imposible".


El Pleno tampoco ha considerado motivo de recusación su participación en seminarios de FAES, ni el ocultamiento de su pertenencia al PP ante la Comisión del Senado previa a su nombramiento.

La Justicia es actualmente el segundo problema para los españoles. Con decisiones como ésta, pronto llegará a ser el primero.

Pericles, 23/09/2013

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